Renta 2023: Cómo solicitar el borrador
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La campaña de la Renta 2023 ya ha comenzado y, por ende, el plazo para hacer la declaración está abierto para todos los ciudadanos. Como casi todos los años, la modalidad de presentación telemática es la más popular en España. No obstante, aunque es más cómoda que la presencial, no está exenta de algunas pequeñas complicaciones. ¡Vamos a verlo!
- Los rendimientos del trabajo: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones).
- Los rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, que sean propiedad del contribuyente y que este no necesite para la obtención de los rendimientos empresariales o profesionales (al contrario de lo que ocurre, por ejemplo, con el inmueble donde el contribuyente realiza su actividad).
- Los rendimientos de las actividades económicas: por ejemplo, de fabricación, comercio o prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas.
- Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.
- Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Hay que tener en cuenta que el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).
Una vez dentro, veremos una lista de las posibles gestiones que tenemos a nuestra disposición. Debemos elegir «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)«.
Ahora debemos seleccionar el método de acceso, como decíamos, el Certificado Digital es el recomendado.
Una vez dentro, hay que seleccionar la opción «Borrador/Declaración (Renta WEB)». Al ingresar, lo primero que se despliega ante el usuario es el apartado de datos identificativos. El contribuyente debe seleccionar el idioma y rellenar o comprobar sus datos y los datos (si los hubiese) de su cónyuge, hijos menores de 18 años, hijos de entre 18 y 24 años no sujetos a patria potestad, hijos de 25 años o más con discapacidad y ascendientes de más de 65 años o con discapacidad.
Ahora es importante que indiquemos si estamos haciendo una declaración individual o conjunta.
En este momento, obtendremos un resumen de la declaración que es el resultado de los cálculos de Hacienda hasta la fecha. Hay que tener en cuenta que este no es el resultado definitivo, sino un borrador. Es ahora cuando debemos revisar y consultar todos los campos para ver si tenemos alguna deducción disponible, ya sea autonómica o a nivel estatal.
Para poder navegar por Renta 2023 podemos usar las flechas superiores del menú de navegación, usar el botón de Apartado adicionales para llevarnos a cada una de las diferentes secciones o introducir el número de la casilla para situarnos directamente ahí.
Si deseamos modificar o añadir datos, debemos situarnos en la casilla correspondiente y hacer click en el botón con un lápiz. Al hacerlo, accederemos al menú donde tendremos que indicar los datos necesarios para acreditar las condiciones de la deducción en cuestión. Una vez que hayamos completado todos los datos necesarios, podemos volver a «Resumen de declaraciones» y ver los cambios.
Si el resultado es negativo, significa que se trata de una declaración a devolver y que Hacienda tendrá que efectuar una devolución del importe correspondiente.
Por lo contrario, si obtenemos un resultado es positivo, significa que la declaración es a pagar y que, por ende, debemos devolver a Hacienda el importe indicado.
Si ya no hay más datos que presentar en la declaración, podemos hacer click en «Presentar declaración«. En ese momento Renta 2023, nos ofrecerá las opciones de pago o de devolución. Tras elegir la que más convenga, haremos click en «Aceptar«.
Renta Web nos pedirá que revisemos los avisos pendientes y nos preguntará si deseamos continuar con la firma y envío de la declaración. Debemos hacer click en «Continuar» y proceder a firmar la declaración. Hacienda nos proporcionará un PDF con nuestra declaración, a modo de justificante. Este PDF nos llegará al correo electrónico que indiquemos.
Y esto es todo, ya habríamos completado nuestra declaración de la Renta 2023, ahora toca esperar la respuesta de Hacienda y recibir la devolución o el cobro correspondientes.